Las Cortes de Cádiz.


 La Junta Suprema Central actuó como gobierno provisional hasta que se disolvió. La falta de cohesión ideológica y el desprestigio causado provocaron que se nombrará una Junta de Regencia.


La formación de las Cortes.

La Junta de Regencia era un organismo propio del antiguo régimen y se basaban en las asambleas consultivas de origen medieval compuestas por representantes de los tres estamentos tradicionales: la nobleza, el clero y el tercer Estado. La elección se llevó a cabo en la propia provincia entre los exiliados de esta que residía en la ciudad de Cádiz. 

Entre los diputados hubo miembros de la nobleza, el clero y la alta burguesía. También una representación de los profesionales liberales de clase y media. Las cortes tuvieron una mayoría liberal, lo que permitió que se proclamaran como Asamblea Nacional constituyente.

Asumió la soberanía nacional y el objetivo era convertir a España en una monarquía parlamentaria y eliminar las estructuras políticas, económicas y sociales del antiguo régimen. Se elaboró la Constitución de 1812.


Las tendencias políticas.

Cortes formadas por diputados de diversas ideologías:

·Liberales: eran intelectuales, miembros de la burguesía. La guerra era una oportunidad para instaurar un régimen liberal basado en la soberanía nacional y la división de poderes legitimada por una Constitución.

·Ilustrados: buscaban continuar con las instituciones y estructuras del antiguo régimen aplicando reformas moderadas. Se basaban en el reformismo de finales del siglo XVIII.

·Absolutistas: querían recuperar la monarquía absoluta con sus instituciones. Se trataban principalmente de miembros del clero, la nobleza y la burguesía terrateniente.


La labor legislativa de las Cortes.

La Constitución de 1812.

En la Constitución de 1812 aparece el concepto de nación española. La Constitución estableció la soberanía nacional, el poder residía en el pueblo que lo ejercía a través de sus representantes.

Propuso como sistema de gobierno una monarquía constitucional y consideró a Fernando VII el único rey legítimo. Dividió el poder de la nación en tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. El ejecutivo recaía en el rey; el judicial, en los tribunales de justicia, y el legislativo, en las cortes y el rey. Las Cortes estaban compuestas por diputados reunidos en una única cámara, elaboraría las leyes, sancionadas y promulgadas por el rey. Sufragio, aunque indirecto, censitario y masculino. Los españoles dejaron de ser súbditos para ser ciudadanos. Se reconoció la igualdad de los ciudadanos ante la ley y se citaron derechos fundamentales como la libertad de expresión y prensa o la inviolabilidad del domicilio. Se estableció un estado confesional con la religión católica como única y oficial.


Reformas sociales y económicas.

Las Cortes de Cádiz también realizaron reformas que debían afectar al funcionamiento de la sociedad y de la economía. El objetivo final de estos decretos y órdenes era la implantación del liberalismo económico mediante la abolición de estructuras propias del antiguo régimen como los señoríos feudales, los gremios o las aduanas interiores.

Otro objetivo de las Cortes fue abolir las estructuras judiciales propias del antiguo régimen, como el tribunal de la Santa Inquisición. Se estableció la obligación de pagar impuestos para todo el mundo.

Pese a todos los esfuerzos, la labor legislativa de Cádiz no tuvo una aplicación práctica. El liberalismo imperante en las cortes no representaba la realidad de la sociedad española del momento. Las Cortes se toparon con la reacción de muchos aristócratas y eclesiásticos absolutistas. El clero, tenía una gran influencia social y política sobre las por sobre una población mayoritariamente campesina.

Por este motivo, cuando Fernando VII recuperó el trono en 1814 no tuvo dificultades para derogar la Constitución y suspender todas las reformas. La constitución inspiró a otros movimientos liberales y sentó las bases de los incipientes movimientos emancipadores en las colonias españolas de América.

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